domingo, 13 de marzo de 2016

Segundo Año: Historia. El Feudalismo.

Selección de Textos: El feudalismo maduro.
Rodney Hilton, Siervos Liberados. Los movimientos campesinos medievales y el levantamiento inglés de 1381. (Selección).
Capítulo 1: La naturaleza de la economía campesina medieval.
Los sistemas agrícolas de las comunidades campesinas en la Baja Edad Media y en los prim eros tiempos de la Edad Moderna han sido estudiados y clasificados con gran detalle 13. Allí donde los suelos eran de buena calidad había, en las tierras llanas o con ligeras ondulaciones que rodeaban a las grandes villas de tipo nuclear, campos abiertos en los que se entremezclaban las fajas de terreno de las diversas explotaciones familiares, y en los que, una vez hecha la recolección, trabajaban primero los espigadores locales y a renglón seguido pastaban los animales del término, sin hacerse distinción alguna entre las tierras de uno u otro propietario. A partir de los confines de las tierras de cultivo se extendían los bosques y baldíos, en los que la comunidad rural tenía derecho a recoger leña, nueces y frutos y cazar conejos y liebres, al tiempo que podía utilizarlos como pasto adicional para sus ganados. Incluso en el caso de que cada familia decidiera en privado la utilización que había de dar a su huerta o cualquier otra extensión de terreno cercada dentro del término rural, tenía que observar la costumbre tradicional de sembrar y dejar en barbecho los campos abiertos. Tal operación debía ajustarse a las normas relativas a la labor de espigar y al número y naturaleza de las cabezas de ganado que podían pastar en los rastrojos, así como al acceso a las tierras comunales. Esta era la base práctica sobre la que descansaba la actividad común del término rural, sin que ello supusiera, desde luego, la inexistencia de desacuerdos internos. Estos se producían por lo general a causa de disputas sobre la posesión o propiedad de las tierras cultivables o sobre el número de cabezas de ganado permitido en los pastos comunes, en especial cuando las tierras comunales se vieron reducidas a medida que la expansión de la población hacía que se incrementara la tierra dedicada al cultivo.  (…)
La comunidad campesina no era una comunidad de iguales. La estratificación de las comunidades campesinas, además, es por lo menos tan antigua como los primeros tes­timonios que de ellas se conservan. Esto nos sugiere que la polarización de fortunas existente entre el villano rico y el villano pobre era algo más que el resultado de la competencia en la producción para el mercado, aunque este factor tuvo su importancia ocasional en generar diferenciación social. (…)
Un rasgo característico de la actitud campesina durante gran parte del período de que ahora nos ocupamos fue el sentido profundamente arraigado de los derechos de propiedad familiar en la explotación campesina y en las diferentes dependencias que hacían de ella una unidad viable desde el punto de vista económico, tales como peticiones de pastos comunales y otros usos tradicionales. Como era de esperar, esto hizo que se llegara a la convicción de que el derecho familiar sobre la explotación era hereditario. Aunque este principio incluía a todos los miembros de la familia, con frecuencia sólo se registra el derecho del primogénito a la herencia, especialmente en la Baja Edad Media. Parece ser que las costumbres hereditarias de épocas precedentes estipulaban que el derecho de sucesión alcanzara a todos los hijos, si es que no también a todas las hijas. Este derecho podía ser concedido por todos los miembros de la familia que trabajaban en la explotación, salvo los que abandonaban el grupo familiar por contraer matrimonio (las mujeres, en Europa occidental). Podía hacerse también dividiendo la explotación entre los herederos, como sucedía frecuentemente en los períodos de expansión demográfica y cuando se obtenían beneficios gracias a la producción para el mercado; la consecuencia de ello era una fragmentación antieconómica, por lo que si se quería conservar intacta la explotación familiar lo mejor era nombrar un solo heredero (primogenitura o últimogenitura). La institución del heredero único contaba también con el apoyo de los señores, que así veían facilitada su labor de recaudar rentas y servicios al tener que enfrentarse a un solo colono.
Esta breve consideración de las actitudes fundamentales del campesino ha mencionado necesariamente aquellos que, por la naturaleza de posición social que ocupaban, se oponían a la consecución de los fines naturales de toda comunidad campesina. Los campesinos medievales eran muy capaces, en términos económicos, de proveer a su sustento sin tener que recurrir para nada a la clase gobernante. En esto se diferenciaban de los antiguos esclavos y de los trabajadores asalariados de nuestro tiempo que tienen que trabajar con medios de producción que son propiedad de terceros para ganarse la vida. Pero si bien la mayoría de los campesinos medievales poseían explotaciones agrarias, no eran, sin embargo, propietarios de las mismas. Las grandes propiedades de la Iglesia y la aristocracia laica eran una de las notas características del Bajo Imperio romano en vísperas de su disolución en Occidente. Semejante estructura apenas se vio alterada como consecuencia de los asentamientos germánicos anteriores y posteriores a las invasiones. (…)
Como veremos, el latifundismo no era el único fundamento del poder de la aristocracia europea sobre la masa del campesinado. Se requería también un control jurisdiccional respaldado por la fuerza armada. Con todo, era en el contexto físico del dominio territorial, compuesto de un número variable de feudos o señoríos, en donde entraban en contacto señores y campesinos. Era allí también en donde se pagaban las rentas, en dinero o en especie, a los agentes del señor, en tanto que en la reserva o heredad del señor se hacían efectivas las rentas en forma de prestación de servicios no retribuidos. Era el hecho del nacimiento o residencia en el señorío lo que hacía que los campesinos se vieran sometidos a las diversas desventajas de su condición. Era allí igualmente en donde se les juzgaba por cualquier delito que pudieran haber cometido contra los derechos del señor. Por último, era a la gleba del señorío a la que estaban vinculados los que eran de condición servil desde el nacimiento hasta la muerte. Las propiedades territoriales de la aristocracia variaban considerablemente de un lugar a otro, al igual que lo hicieron en el transcurso del tiempo. Las estructuras de los señoríos distaban mucho de ser homogéneas: en unos, la reserva señorial podía llegar a ser lo más importante, recurriéndose para su explotación a una mano de obra servil; en otros no había reserva, procediendo los ingresos del señor de diversas modalidades de derechos pagados por los colonos. Algunos dominios comprendían docenas de señoríos, incluyéndose en ellos villas, bosques y grandes extensiones de terreno sin aprovechar. Otros consistían simplemente en un señorío a cuyo frente se hallaba un señor de modesta posición, llegando a haber a veces más de un señorío en una misma villa. Pero, con independencia de los diferentes tipos, el hecho esencial consistía en que era en el señorío en donde el excedente de producción o trabajo procedente de las explotaciones campesinas se transfería, en dinero o en especie, de quien carecía de poder a quien lo ejercía.
George Duby, Guerreros y Campesinos (Selección).
La superioridad de la caballería fue reforzada, en un segundo plano, por la creación de un sistema fiscal cuyo peso soportaron en exclusiva los «pobres», los «trabajadores». Esta fiscalidad no era nueva; pero fue organizada de modo diferente. Procedía directamente del poder del ban que tenían los antiguos reyes, en el que se observan dos modificaciones fundamentales:
 1. Mientras que en la época anterior todos los hombres libres estaban sometidos a la autoridad real, la división del cuerpo social en tres órdenes introdujo una separación fundamental. Un concepto nuevo de la libertad, concebida en adelante como un privilegio, el de escapar a las obligaciones deshonrosas y especialmente a las fiscales, terminó por sustraer enteramente a las gentes de Iglesia y a los caballeros a la presión económica ejercida por el poder. A cambio, sometió a este mismo poder a cuantos no pertenecían a los dos órdenes privilegiados. Confundió en una misma explotación a quienes descendían de hombres libres y a los descendientes de esclavos. Reunió a unos y otros en una clase homogénea, cuyos miembros estaban obligados en su totalidad a prestar servicios idénticos, y en la cual se borraron rápidamente los criterios de la antigua servidumbre.
 2. El ejercicio del poder y el disfrute de los beneficios que éste autorizaba quedaron limitados en adelante a un espacio reducido, a un «distrito» (la palabra deriva de un término que precisamente significa obligar) cuyos límites exteriores raramente se hallaban a más de medio día a caballo de un punto central, que era un lugar fortificado. La persona que mandaba la guarnición de cada castillo aspiraba a asumir, sobre el conjunto del territorio, las funciones de paz y de justicia, es decir, las misiones propias de la realeza. En una parte de la Europa cristiana, en Inglaterra y en el noroeste del continente, donde los reinos y principados habían conservado mayor vitalidad, el castellano dependía aún de un señor; actuaba en su nombre y le transmitía una parte de los ingresos que proporcionaba el poder. En las demás zonas era independiente y actuaba como soberano. En todas partes pretendía juzgar a cuantos vivían en las proximidades de la fortaleza, a excepción de los clérigos, monjes y caballeros. Les imponía multas y, en caso de infracción grave, confiscaba sus bienes. Su acción de justicia y de policía era fuerte y penetrante, por cuanto era rentable. Obligaba a los campesinos a trabajar en la reparación de las fortificaciones, a avituallar a los guerreros y caballeros del castillo. Hacía pagar a los extraños que cruzaban la castellanía, mercaderes o peregrinos, y a cuantos frecuentaban los mercados, la protección temporal que les otorgaba. Como antiguamente los reyes, él era el garante de pesos y medidas; y en ocasiones acuñaba moneda. Por todos los medios explotaba la autoridad que poseía, y, en definitiva, el poder se traducía en una red de punciones realizadas de diversas maneras sobre los excedentes de la producción campesina o sobre los beneficios del comercio.
El jefe de la fortaleza era el primero en beneficiarse del ahorro de los trabajadores, porque tenía la fuerza militar. Él se apropiaba la mayor parte. Sin embargo, casi todos los habitantes de la castellanía se encontraban en situación de dependencia económica con respecto a otros señores cuyas tierras cultivaban o de los que dependían personalmente, por haberse entregado ellos mismos o porque sus antepasados eran sus esclavos. Estos señores privados se esforzaron por sustraer a quienes dependían de ellos del poseedor del ban. Las tasas, las «exacciones», las «costumbres», por emplear la terminología de la época, recaudadas por el castellano afectaban a reservas de riqueza y de trabajo que aspiraban tener a su entera disposición. Las más de las veces fracasaron en sus intentos y tuvieron que compartir con el dueño de la paz y de la justicia el poder económico sobre los campesinos de su dominio y de su «familia» servil. Sin embargo, algunos consiguieron hacer que se respetara su monopolio, y el territorio de la castellanía estuvo sembrado de enclaves, a veces minúsculos, reducidos a la casa de un caballero, a veces más amplios, a escala de una aldea, especialmente cuando un establecimiento religioso había logrado hacer que se respetara el viejo privilegio de inmunidad conseguido en época carolingia. Pero, a pesar de todo, los habitantes de los enclaves no se libraban de las exacciones. Tuvieron que sufrir las exigencias del señor de su tierra o de su persona que pretendía juzgarlos y cobrarles el precio de la paz del mismo modo que lo hacía el castellano.
 En definitiva, compacto o disgregado, pero uniformemente establecido, el poder del ban fue un factor determinante en los mecanismos económicos, de dos maneras. En primer lugar, para ejercer este poder fue preciso recurrir a numerosos auxiliares, a «sargentos» que se encargaban de la policía del campo, a «prebostes» que presidían los tribunales aldeanos, a «forestales» que perseguían en los bosques y en las tierras yermas a quienes contravenían los derechos de uso, a recaudadores situados en los mercados y en los principales lugares de paso. Estos ministeriales, como los llaman los textos, especialmente los de Germania, fueron reclutados entre los servidores más estrechamente unidos al señor, porque se trataba de tenerlos sólidamente controlados. Pero como participaban directamente en los beneficios de las «costumbres», puesto que percibían una parte de las tasas y de las multas, eran los agentes más virulentos de la explotación del derecho del ban. Hacían esta explotación tan pesada como era posible y construían su propia fortuna sobre las rentas que les procuraba. En segundo lugar, y primero en importancia, esta explotación, llevada a sus últimas consecuencias, fue muy rentable. Sin duda, no era ilimitada. Su nombre lo indica: las tasas cobradas bajo el pretexto de mantener la paz y la justicia eran «costumbres», es decir, que la memoria colectiva limitaba su alcance. También era preciso tener en cuenta, y mucho, la resistencia campesina, los fraudes, las evasiones, todo tipo de maniobras dilatorias. Sin embargo, la costumbre era maleable. Difícilmente resistía las presiones de los dueños del poder. Los agentes de la fiscalidad estaban en todas partes, ávidos, y tenían de su parte la fuerza. ¿A quién habrían podido quejarse quienes sufrían sus arbitrariedades? He aquí la razón del buen funcionamiento de la máquina fiscal. Consiguió quitar al campesinado la mayor parte de lo que producía y no consumía para su propia supervivencia, y por consiguiente frenó en gran medida el movimiento de ascenso económico entre los humildes. Redujo las diferencias entre los campesinos dependientes y los libres. Niveló la condición campesina. La rebajó y, de este modo, ahondó irremediablemente el foso que separaba a la clase de los trabajadores de la de los señores.
 Esta última clase estaba lejos de ser homogénea: no todos los señores estaban al mismo nivel y no todos se beneficiaban de la misma manera del trabajo ajeno. Superpuestas, profundamente mezcladas unas a otras hasta el punto de confundirse incluso para los hombres de la época, existieron sin embargo tres formas distintas de explotación señorial. Dado que se confundía con lo que entonces se designaba con el nombre de familia, con la «casa» que rodeaba a todo personaje de alguna importancia, se podría calificar a la primera de doméstica, entendiendo por esta designación el tipo de enajenación que ponía el cuerpo de una persona a disposición de otra. Era el residuo tenaz de la esclavitud. Bajo la presión del poder del ban la servidumbre de tipo antiguo se había atenuado; se había diluido; se había reabsorbido. Por otro lado, y bajo esta nueva forma, había progresado enormemente a expensas de la antigua población libre, por medio de la «encomienda», a causa de la necesidad que llevó a tantos débiles, a tantos pobres —para escapar del hambre, de la opresión de los sargentos del castellano, incluso por el temor del más allá—, a colocarse bajo el patrocinio de un protector. Pero los lazos de la esclavitud no se habían roto; habían tomado la forma de lo que llamamos comúnmente servidumbre. En la mayor parte de las poblaciones de Europa existían, por tanto, campesinos (en proporción variable; a veces se hallaban en este caso todos los hombres de una comunidad) a los que un señor llamaba «sus hombres». De hecho lo eran, desde su nacimiento, y sus descendientes le pertenecerían; podía venderlos, darlos; los castigaba; en principio le debían todo. Ante todo, el señor obtenía beneficios de su trabajo, en su casa y en sus campos, y el «servicio» que esperaba de ellos era ilimitado. Estos campesinos ponían a disposición de la economía doméstica una mano de obra permanente, cuyo coste era el de su alimentación. Pero este tipo de dependencia podía convertirse en una fuente de recaudación. De hecho, no todos los campesinos de este grupo vivían en la casa del patrón. Lejos de su control, establecidos en su tierra o en la de otro, mantenían su dependencia, y este lazo se traducía no sólo en servicios en trabajo, cuya extensión limitaba los usos locales, sino también en tres clases de prestaciones: el pago de un censo anual en dinero, la obligación de pagar el derecho a casarse con alguien que no perteneciera a la «familia» del señor y la parte que éste recibía de la herencia de su hombre. En esta forma de señorío, muy ampliamente extendida y repartida entre todos los miembros de la aristocracia e incluso entre algunos campesinos ricos, se basó hasta fines del siglo XII la explotación de todo capital territorial de alguna importancia. Redujo considerablemente el recurso a los asalariados. Por las reservas de trabajo que permitía movilizar era una de las bases fundamentales del poder económico.
El segundo era el señorío que podemos llamar territorial, porque se basaba no en la posesión de seres humanos, sino del suelo, de la tierra. Sus estructuras prolongan de hecho las de los dominios que conocemos por los polípticos carolingios. Los ricos muy raramente cultivaban, con sólo el trabajo de quienes dependían de ellos, toda la extensión de tierra que poseían. Concedían una buena parte a tenentes, que en ocasiones eran «sus hombres», a veces los «hombres» de otro, o se hallaban libres de toda sujeción personal. Conceder la tierra equivalía a adquirir un poder: el de participar en los recursos de las familias tenentes. De hecho, esta participación no era ilimitada, como en el caso de los siervos. Estaba estrictamente fijada por los términos de un contrato en los países en los que, como en Italia, se había conservado mejor el uso de la escritura, o por normas consuetudinarias igualmente obligatorias. Se trataba siempre, o casi siempre, del cobro de una parte de la producción del manso, en productos agrícolas o en dinero. A menudo iba acompañado de la requisa de la capacidad de trabajo de la familia campesina, obligada a realizar un número determinado de sernas.
El tercer tipo de explotación señorial deriva del ejercicio del derecho de ban. Acabamos de definir éste; repitamos solamente que en casos límites permitía a quienes lo tenían tomar cuanto podía ser cogido en las casas campesinas: moneda, cosechas, ganado e incluso trabajo por medio de requisas para la reconstrucción del castillo o para el transporte de vituallas. Era en la práctica una especie de saqueo, legitimado, organizado, moderado sólo por la nueva moral de la paz y por la resistencia de la solidaridad campesina. Añadamos que esta última forma de explotación económica se acumulaba a las dos primeras y con frecuencia competía con ellas. Estaba mucho más concentrada que las anteriores; sólo un pequeño número de señores se beneficiaban de sus ventajas, que eran con mucho las más considerables.
La desigual repartición del poder de ban creó la principal distinción en el interior de la clase señorial. De un lado estaban los que la documentación llama en el siglo XI los «grandes» (optimates, príncipes) y, en el siglo XII, los «ricos hombres». Individualmente el título de «don» (dominus) acompaña su nombre en los escritos. Son efectivamente señores, y precisamente por esto son los más ricos. Ya sean altos dignatarios de la Iglesia —obispos, abades de los monasterios— o dueños del poder militar —príncipes regionales, condes, «barones»—, quienes tienen las fortalezas y explotan las prerrogativas anejas a estos pilares del orden público pueden estar más o menos provistos de fortuna, pero siempre su señorío doméstico y territorial se extiende sobre el territorio que controlan. Herederos de los derechos reales, de las regalías, han podido apoderarse de las tierras incultas que eran en otro tiempo dominio eminente de los soberanos. Sin embargo, su misma riqueza y las funciones que realizan los mantienen alejados de la tierra y de los campesinos que la cultivan. Los dominan desde muy alto, y entre ellos y la masa de los trabajadores se interponen intermediarios que son los intérpretes de las exigencias señoriales; las riendas del poder económico están en mano de estos auxiliares. Los «grandes» son generalmente rentistas. Preocupados solamente por estar provistos de cuanto es necesario a su fasto y a la gloria de su casa, ceden una parte considerable de su poder a quienes lo ejercen en su nombre.
Por otro lado están los demás señores: los simples caballeros, los canónigos que tienen en «prebenda» una porción del patrimonio de la iglesia catedral, los monjes puestos al frente de un priorato rural, y los mandatarios de los «grandes». Más o menos ricos, tienen en común la característica de asumir directamente la gestión diaria de un dominio concentrado cuyas dimensiones no sobrepasan su capacidad de control. Son vecinos de los campesinos; los conocen por su nombre; comparten sus preocupaciones; saben cuánto producen y cuánto es posible exigirles. Para poder adecuar su comportamiento al de los «ricos hombres» cuyas cortes frecuentan se esfuerzan por acrecentar al máximo los beneficios del señorío. Y como se hallan en contacto directo con el capital territorial y con la masa de los trabajadores, pueden ser considerados los agentes más activos del dinamismo económico y de un crecimiento cuyas manifestaciones más llamativas nos descubren los documentos del siglo XII.

Arón Gurievich, Las categorías de la Cultura Medieval (Selección)
Servir y Distribuir
                Al Analizar las concepciones de la riqueza y de la propiedad que determinaban los criterios valorativos de la clase dirigente en la sociedad feudal nos encontramos con un fenómeno que parece paradójico a primera vista, pero que se da en realidad: el código ético de los caballeros tiene muchos puntos en común con la idea que tenían los bárbaros de la riqueza. La similitud se entiende incluso al dominio más amplio de los planteamientos ideológicos y psicológico-sociales de los señores feudales. Los conceptos de “honor”, de “gloria”, de “nobleza”, admitidos en esos medios parecen haber sido tomados directamente de la época anterior a la aparición de la sociedad dividida en clases.
                Entre los valores que caracterizaban al señor feudal se encontraba, en primer término, la generosidad. El señor era un hombre rodeado de familiares, guerreros y vasallos que le servían, que le apoyaban y que cumplían sus órdenes. El poder de un gran señor venía determinada por el número de vasallos y de gentes que le eran fieles. Sin esto, no era considerado senior, no era el “mayor”, el “superior”, no era el “amo” ni el “jefe”. Naturalmente, el señor era propietario de tierras, dominaba a los siervos y recibía de ellos sus rentas. Sin los recursos provenientes de los siervos no hubiera podido mantener a su séquito ni alimentar a los numerosos parásitos que le rodeaban. Las rentas de sus dominios le permitían organizar banquetes, festejos, recibir invitaciones y repartir presentes; en otras palabras, vivir a lo ancho. Como norma, era de buen tono que el señor fuera magnánimo y pródigo con sus riquezas, que no reparase en su liberalidad sobrepasaba o no sus posibilidades. La diferencia entre ingresos y gastos podría ser cubierta mediante exacciones suplementarias, concusiones, multas, saqueos, y botines de guerra. Ser ahorrador o moderado en los gastos eran cualidades que estaban en contradicción con su ética de clase. De sus ingreses se ocupaba el bail, el administrador o el intendente. Lo que señor había de hacer era gastar lo que recibía en comer y beber, distribuir y derrochar sus riquezas; cuanta mayor fuera su largueza, más elevada sería su gloria y más preeminente su posición social, mayor el respeto y la consideración de que gozaría.
                Según las concepciones de la sociedad feudal, la riqueza no era para el señor feudal un objetivo en sí ni un medio de acumular riquezas o de mejora y desarrollo de la economía. Si trataba de aumentar sus ingresos no lo hacía con fines productivos: ello suponía mayores posibilidades de ampliar el círculo de amigos y allegados, de aliados y vasallos, entre los que gastaba bienes y dinero. La prodigalidad feudal era, en el seno de la clase dirigente, uno de los cauces de redistribución de la riqueza obtenida mediante la explotación de la población sometida. Pero ese sistema de reparto era muy particular. El señor no podía sentir satisfacción por hecho de poseer riquezas si no era capaza de gastarlas y exhibirlas; más exactamente, de gastarlas con ostentación. Porque la cuestión no estribaba tan sólo en dispendiar las riquezas en comer y beber, sino en el carácter público y notorio que tenían tales festines y reparto de presentes.
                El uso que de las riquezas hacían los señores feudales recuerda a veces mucho al “potlach” de los indios en América del Norte que, ante los ojos de sus invitados, agotaban todos sus víveres, partían en pedazos sus barcas de pesca, y trataban a toda costa de impresionar a los invitados con su generosidad y prodigalidad. (…)

                La riqueza era, para los señores feudales, un instrumento de mantenimiento de su influencia social, la confirmación de su honor. La posesión de riqueza, en sí misma, no aportaba ninguna consideración; antes al contrario, el comerciante que conservaba fabulosas riquezas y que no se separaba de su dinero si no era con el fin de multiplicarlo en operaciones comerciales o de usura, inspiraba entre los señores feudales todo tipo de emociones –envidia, odio, desprecio, miedo- pero en ningún caso respeto. En cambio, el señor que gastaba sin medida botín y rentas, aun cuando viviese por encima de sus posibilidades, y organizaba banquetes y distribuía presentes, era digno de toda consideración y gloria. La riqueza era para el señor feudal un medio de alcanzar objetivos situados más allá del marco de la economía. La riqueza era un signo que atestiguaba el valor y la largueza; un signo que sólo podía encontrar concreción cuando el señor demostraba tales cualidades. De esta manera, el momento de delectación suprema era aquel en que el señor derrochaba sus riquezas en presencia del mayor número posible de personas que participaban en el banquete y se beneficiaban de la liberalidad del señor. 

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